.- El tribunal revocó la orden que obligaba a la joven a mantener a su padre, al comprobarse que él nunca cumplió con sus deberes como progenitor.
Matamoros, Tamaulipas, 18 de octubre de 2025
La joven, quien inicialmente había sido obligada por una resolución judicial a otorgar una pensión alimenticia a su padre, presentó un recurso de apelación que resultó favorable. El fallo reconoce que, si bien la ley mexicana establece que los hijos adultos pueden tener la obligación de proporcionar alimentos a sus padres, esta norma no aplica cuando el padre o madre incumplió de manera reiterada sus deberes parentales.
De acuerdo con el Código Civil Federal (artículo 301) y su equivalente en el Código Civil del Estado de Tamaulipas, los hijos están obligados a dar alimentos a sus padres solo si éstos se encuentran en necesidad y si cumplieron con su obligación de alimentar, educar y cuidar a sus hijos cuando eran menores de edad. En este caso, la joven demostró que el demandante la había abandonado desde temprana edad y nunca participó en su crianza ni manutención.
El tribunal consideró las pruebas y testimonios presentados, determinando que no existía fundamento moral ni jurídico para mantener la pensión, pues hacerlo implicaría premiar el incumplimiento de deberes parentales.
Tras recibir el exhorto de cancelación, la joven compartió en sus redes sociales su agradecimiento a quienes la apoyaron durante el proceso y expresó sentirse en paz. “Siento que ya puedo respirar y tener calma”, escribió. En su mensaje final destacó su fe:
> “Si hay un Dios que te da las batallas no es para destruirte, sino para prepararte y fortalecer tu propósito”.
El caso ha reavivado el debate sobre la reciprocidad en las obligaciones familiares y la importancia de que las leyes se apliquen con sentido de justicia, sin permitir abusos de quienes incumplieron su rol como padres.
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